POSICIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL MESOAMERICANA EN EL MARCO DE LA CONMEMORACIÓN DE CARTAGENA +30

Panamá, 2 de JULIO de 2014

Las organizaciones de la sociedad civil de Mesoamérica celebramos y acogemos la invitación de los Estados y el ACNUR en el marco de la Conmemoración de la Declaración de Cartagena en su 30 aniversario. Agradecemos la oportunidad que se nos brinda para hacerles llegar nuestras propuestas con el fin de fortalecer el sistema de protección en nuestra región, tan necesario hoy en día debido a los nuevos desafíos derivados de las diferentes situaciones de violencia y su impacto humanitario en la población de algunos de nuestros países.

Es por ello que, tanto la Declaración de Cartagena como el Plan de Acción de México adoptado en 2004, no sólo mantienen su plena vigencia, sino que se hacen instrumentos indispensables para la protección de las personas azotadas por la violencia que sufre nuestra región.

En estas últimas semanas se habla de la situación humanitaria de los menores no acompañados en la frontera de los EEUU, pero también nuestras mujeres que son víctimas de todo tipo de violencias y abusos, nuestros jóvenes que son reclutados forzosamente, la ciudadanía que se siente y es amenazada y privada de sus derechos más básicos, ameritan una protección integral, tanto al interior de sus fronteras, como cuando las traspasan para solicitar asilo.

Es de interés de nuestras organizaciones contribuir con nuestros esfuerzos para lograr una protección efectiva de las personas, y es por ello que consideramos que los mecanismos tripartitos de observancia y seguimiento en los que están presentes los Estados, el ACNUR y la sociedad civil, tienen un rol central en el cumplimiento de los derechos de las personas con necesidad de protección.

Siendo conscientes de los importantes avances que en materia de protección se han logrado en los últimos años, debemos tener presente los nuevos e importantes desafíos que enfrenta la región: el desplazamiento forzado -interno y transfronterizo- causado por el crimen organizado transnacional y otras situaciones de violencia, la violación de los derechos humanos, los ciclos circulares de desprotección – en el origen, el tránsito y el destino -, y los desplazamientos por desastres naturales y cambio climático.

Finalmente, instamos a los Estados a realizar una aplicación progresiva de la Convención sobre el Estatuto de Refugiados de 1951 y la implementación efectiva de la Declaración de Cartagena, así como todos los instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y de Derecho Internacional de Refugiados, incluyendo las Convenciones sobre Apatridia. Asimismo, se debe incluir en la práctica de los Estados los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos y otros instrumentos de protección, que deberán ser reflejados de manera práctica en el Plan de Acción de Brasilia 2015-2024.

A. DESPLAZAMIENTO FORZADO POR MOTIVOS RELACIONADOS CON EL CRIMEN ORGANIZADO TRANSNACIONAL Y OTRAS SITUACIONES DE VIOLENCIA

A partir del año 2009, se están observando nuevas dinámicas de desplazamiento en Mesoamérica, fundamentalmente en los países del triángulo norte de América Central (TNAC), donde las personas se ven forzadas a abandonar sus lugares de origen como consecuencia de las actividades del crimen organizado transnacional (COT) y de otras situaciones de violencia (OSV1). Ante el aumento de los índices de la violencia, la no presencia de los servicios del Estado, la falta de acceso a la justicia y la impunidad, existe un temor generalizado de la población, que provoca un desplazamiento forzado interno y en algunos casos la posterior búsqueda de protección internacional.

Al tratarse de un fenómeno invisibilizado, es difícil para los Estados reconocer el fenómeno del desplazamiento interno, por lo que no existen marcos normativos ni instituciones destinadas a la prevención del mismo y/o a la protección y atención con enfoque diferenciado hacia las personas.

Las personas desplazadas forzadamente, a nivel interno y transnacional, entre las que se encuentran cada vez más mujeres y niños, niñas y adolescentes –NNA- no acompañados, enfrentan una serie de vulnerabilidades durante el ciclo del desplazamiento: en su salida, durante el tránsito, a la llegada, y en algunos casos en el retorno (ya sea voluntario o forzado). Particular atención merece la falta de una política pública integral para la población que es deportada de manera sistemática hacia sus países de origen; lamentablemente, sigue vigente la estigmatización y criminalización de estas personas, reduciéndose sus oportunidades de reinserción a la sociedad.

Destacar finalmente que los Estados receptores no siempre valoran las causas y la dimensión del fenómeno del desplazamiento forzado, y al no garantizar su protección, exponen a estas personas a situaciones donde su vida o libertad están en riesgo.

Propuestas

1.- Exhortar a los Estados a reconocer el fenómeno del desplazamiento forzado (interno y transnacional) en la región a causa del COT y las OSV para garantizar escenarios de prevención, atención y protección con un enfoque de derechos.

2.-Fortalecer los espacios de interlocución regional como el Sistema de Integración Centroamericana (SICA), el Parlamento Centroamericano (PARLACEN), la Conferencia Regional para las Migraciones (CRM), el Consejo Parlamentario Regional sobre las Migraciones (COPAREM) y la Corte Centroamericana de Justicia, en coordinación con las organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales, para garantizar la satisfacción de los derechos de las personas que se desplazan forzosamente. Estas instancias de la región deben contemplar un capítulo específico sobre la prevención, atención y protección de desplazados forzados que involucre el compromiso de todos los Estados.

3.-Generar un sistema de información y registro estadístico, nacional y regional, con respecto al desplazamiento forzado en Mesoamérica, que permita conocer las causas, e identificar perfiles y necesidades de las víctimas, considerando la experiencia de la sociedad civil en la documentación y atención de estos casos.

4.-Establecer marcos normativos, políticas públicas y protocolos sobre el fenómeno del desplazamiento interno que permitan desarrollar programas de prevención, protección y atención a las víctimas. Los poderes del Estado deben tener un papel activo en el diseño y aplicación efectiva de dichos planes de protección para la población desplazada. Igualmente es importante el rol que los gobiernos locales pueden desempeñar al incorporar en sus políticas públicas la temática del desplazamiento interno.

5.-Fortalecer los sistemas nacionales de justicia para garantizar el acceso y evitar la impunidad, con procesos judiciales efectivos que brinden protección y restitución de derechos. Asimismo, es necesario ofrecer garantías de protección a los operadores de justicia para ejercer su labor, así como a las víctimas y testigos.

6.-Incorporar en las agendas de las Procuradurías de Derechos Humanos (o equivalentes) de la región la temática del desplazamiento forzado, para contribuir al fortalecimiento de la protección de la ciudadanía, la gobernabilidad y el Estado de derecho.

7.-Orientar recursos para la formación de los funcionarios y agentes migratorios en materia de protección y derechos humanos, enfocados al fenómeno del desplazamiento forzado a causa del COT y las OSV.

8.-Implementar estrategias y programas para la recepción de población retornada o deportada, evitando así el desplazamiento forzado circular de personas a causa de la ausencia de mecanismos de asistencia, protección y reintegración en sus comunidades.

9.-Hacemos un llamado a la comunidad internacional para reconocer el fenómeno del desplazamiento forzado y su impacto humanitario en la región y destinar fondos para la prevención, atención y protección de las víctimas.

B. NECESIDADES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS, Y ADOLESCENTES

En los últimos años, los niños, niñas y adolescentes del TNCA y de México están siendo expuestos al reclutamiento forzoso, la extorsión, amenazas, ataques contra la vida y otras agresiones que han provocado un aumento alarmante del número de NNA que se han visto obligados a desplazarse en el interior de sus países o incluso cruzar fronteras, ya sea junto con sus padres, con otros familiares o sin compañía alguna.

Lamentablemente muchos de ellos son deportados, solos o junto con sus familias, al país de origen, exponiéndolos de nuevo a la violencia y la desprotección. Para 2014 se prevé un estimado de 60.000 NNA no acompañados en EEUU, provenientes de Centroamérica y México2.

Los NNA son especialmente vulnerables y durante las distintas etapas del desplazamiento corren el riesgo de ser víctimas de trata y tráfico, de sufrir explotación laboral o sexual, sufrir accidentes o maltrato físico y sexual. Igualmente durante el trayecto y a su llegada enfrentan dificultades para acceder a servicios básicos que les garanticen unos estándares mínimos de protección.

A su llegada a los países de tránsito o destino muchos de estos NNA son detenidos en albergues migratorios donde no existen los requisitos mínimos para que puedan permanecer de manera digna y tener acceso a sus derechos básicos. Además no se contemplan alternativas a la detención3 para este grupo, ni siquiera para los solicitantes de la condición de refugiado. Este factor influye a la hora de tomar decisiones respecto a la solicitud del procedimiento, ya que el tiempo de espera es muy largo y los lugares no reúnen los estándares mínimos. No existen protocolos claros de atención ni coordinación entre las diferentes instituciones del Estado que deberían atender a esta población especialmente vulnerable.

Los marcos normativos migratorios y de asilo en algunos países de la región hacen referencia explícita a estos grupos de población y reconocen sus necesidades específicas de protección y del principio del interés superior del niño; sin embargo, en la práctica, persisten las acciones contrarias a las normas y principios, y no existen mecanismos operativos por los cuales esta población pueda acceder y ejercer sus derechos plenamente.

Propuestas

1.-Exhortar a los Gobiernos a que revisen la armonización y la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño en sus legislaciones migratorias y de protección internacional, respetando de manera irrestricta el interés superior del niño.

2.-Elaborar e implementar políticas públicas y protocolos en materia de niñez, en especial en NNA no acompañados y/o separados, víctimas de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, que necesiten protección internacional, involucrando a las autoridades competentes y privilegiando el interés superior del niño y el principio de reunificación familiar. Asegurar el enfoque diferencial en la atención a esta población.

3.-Proveer medidas alternativas a la detención de NNA, garantizando su protección, el respeto a sus derechos y la asistencia legal, psicosocial, sanitaria, así como la comunicación permanente con sus padres o familiares en caso de solicitarlo.

4.-Asegurar la correcta detección y referencia de los NNA no acompañados con necesidades de protección internacional y garantizar su acceso efectivo al procedimiento de la determinación de la condición de refugiado.

5.-Destinar recursos suficientes para la atención y protección integral de la niñez víctima del desplazamiento forzado, en especial no acompañada.

6.-Fortalecer las coordinaciones entre las autoridades competentes y las organizaciones de la sociedad civil que asisten a esta población en los países de origen, tránsito y destino.

7.-Fortalecer las políticas de protección consular en especial aquella dirigida a la atención de la niñez y adolescencia no acompañada con la finalidad de garantizar un debido proceso y acompañamiento en el caso de retorno y/o deportación.

8.-Reforzar programas para la prevención, atención y reparación integral de NNA víctimas del reclutamiento forzado por los diferentes actores del COT y las OSV, que incluyan la coordinación de diferentes instituciones estatales (educación, salud, vivienda, seguridad, entre otras).

9.-Generar las condiciones de recepción, atención y protección en los países de origen, evitando la re victimización de los NNA y garantizando la no devolución al lugar donde su vida, su dignidad humana, su seguridad y libertad corren peligro.

10.-Promover mecanismos de protección y/o procesos de regularización migratoria de los NNA no acompañados que por distintas causas no pueden retornar a su país de origen.

11.-Exonerar de los costos por documentación a los NNA y sus familiares, en condiciones de vulnerabilidad, ante la situación humanitaria que se vive actualmente en la región, garantizando los derechos fundamentales de las personas.

C. MOVIMIENTOS MIGRATORIOS MIXTOS

Los movimientos migratorios que cruzan la región Mesoamericana se caracterizan por ser cada vez más complejos, por las múltiples causas que están generando movimientos de migración forzada y por la alta vulnerabilidad en la que se encuentran las personas, ya sean desplazados internos, solicitantes de asilo y refugiados, víctimas de tráfico y trata de personas, mujeres embarazadas, niños, niñas y adolescentes no acompañados, personas de la diversidad sexual, personas con capacidades diferentes, extra-continentales, indígenas, entre otros. En este contexto, una persona puede cumplir con dos o más perfiles y tener más de una necesidad de protección.

La tendencia de reducir las causas de la migración en la región a una cuestión meramente económica, ha conllevado además a una invisibilidad de las migraciones forzadas y los desplazamientos motivados por otras situaciones de violencia, COT, desastres naturales, cambio climático, megaproyectos, etc.

En situaciones de guerra así como de violencia generalizada, las personas pueden verse obligadas a huir a causa de un temor fundado de persecución por los motivos establecidos en la definición de refugiado de la Convención de 1951 así como en la definición de la Declaración de Cartagena, por lo que dichas circunstancias implican avanzar hacia una comprensión integral y contemporánea de los retos para la protección internacional que enfrenta la región.

Las zonas de frontera de la región siguen siendo escenarios complejos que no han podido ser atendidos correctamente por los Estados. Esto ha conllevado al desarrollo de condiciones precarias que afectan a la población que transita por las mismas, algunas de ellas susceptible de protección internacional.

Las zonas fronterizas, puntos de control migratorio y rutas migratorias por donde transitan los flujos mixtos se han convertido en rutas de narcotráfico, trata, tráfico de personas, tráfico de armas y delincuencia común, generando formas contemporáneas de violencia, debido a la presencia de grupos y actores irregulares. La presencia de institucionalidad en frontera es débil, manteniendo una perspectiva de seguridad nacional, sin la suficiente atención a la garantía y protección de los derechos humanos.

La aplicación no diferenciada de políticas de seguridad y migratorias por parte de las autoridades en puntos fronterizos, el desconocimiento y no otorgamiento de información sobre la protección internacional y la posibilidad de solicitar la condición de refugiado, colocan en riesgo a la población con necesidad de protección internacional que transita en estos contextos. Existe desconocimiento o falta de aplicación de mecanismos que permitan una identificación de las necesidades específicas de protección de las personas frente a las dinámicas complejas de los flujos migratorios.

En materia de trata de personas, si bien se han observado avances en la legislación y en políticas públicas en países como Costa Rica, siguen faltando recursos para una adecuada atención a las víctimas, citando por ejemplo la no existencia de albergues para su acogida y protección.

En algunos países existen mecanismos de protección complementarios, como las visas humanitarias para personas que tienen necesidades de protección. No obstante, estas categorías no deben ser utilizadas como sustitutas o en detrimento del reconocimiento de quienes califican como refugiados.

La detención de personas solicitantes de la condición de refugiado sigue siendo una práctica que se observa en la región. El uso de diferentes eufemismos (aseguramiento, custodia temporal, detención administrativa) para denominar la privación de libertad tiene efectos negativos para el reconocimiento y defensa del derecho a la libertad. Esto conlleva la normalización e invisibilidad social del acto privativo de la libertad, favoreciendo su repetición y uso excesivo.

Propuestas

  1. Adoptar de manera urgente políticas migratorias respetuosas de los derechos humanos y en coherencia con la Proclama de América Latina y el Caribe como zona de Paz, suscrita por los Estados Miembros de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) de enero de 2014.
  2. Transformar el enfoque de seguridad nacional que implementan los Estados en sus políticas migratorias hacia un enfoque de seguridad humana, donde prevalezcan acciones de prevención, protección y atención de las personas solicitantes, refugiadas, desplazadas y migrantes.
  3. Establecer políticas públicas y procedimientos que permitan fortalecer la detección y referencia de personas según su perfil –solicitantes de la condición de refugiado, víctimas de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, menores no acompañados, entre otros- en fronteras y rutas migratorias, que garantice el acceso y ejercicio de sus derechos, incluyendo a las personas que son privadas de libertad en centros de detención migratoria.
  4. Garantizar en las fronteras y puntos de ingreso la aplicación de las salvaguardas de protección tales como el principio de no devolución, la no sanción por ingreso irregular, la no discriminación y el derecho a solicitar asilo. Capacitar a las autoridades migratorias en fronteras y puntos de ingreso en buenas prácticas de detección y tratamiento de solicitantes de asilo, a través de protocolos de atención y referencia de casos. Proveer información permanente en frontera, puntos de ingreso y estaciones migratorias/centros de detención sobre el procedimiento de determinación de la condición de refugiado y sus derechos. Fortalecer la presencia de las instituciones del Estado y servicios públicos en las zonas fronterizas.
  5. Implementar medidas de liberación y alternativas a la detención migratoria que permitan a los solicitantes de la condición de refugiado residir en la comunidad con libertad de circulación, mientras se resuelve su situación migratoria, privilegiando el reconocimiento legal expreso de la no detención.
  6. Aplicar en toda la región los Lineamientos Regionales para la Identificación Preliminar de Perfiles y Mecanismos de Referencia de Poblaciones Migrantes en Condición de Vulnerabilidad, acordados en la XVIII Reunión Viceministerial de la Conferencia Regional sobre Migración celebrada en 2014, así como la Nota de Orientación sobre las Solicitudes de la Condición de Refugiado Relacionadas con las Víctimas de Pandillas Organizadas.

    7. Tipificar en las leyes penales nacionales el delito del tráfico ilícito de migrantes.

    8.- Ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y la incorporación en la normativa interna de las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad.

    9.- Aplicar la figura de la protección complementaria en los casos que se amerite, pero no como sustituta o en detrimento del reconocimiento de las necesidades de protección internacional de quienes califican válidamente como refugiados.

    10.- Instar a los Estados para que identifique y atienda la falta de registro de nacimiento, documentando a la población, para evitar el riesgo de apatridia, con especial atención en la zonas fronterizas

D. PROCEDIMIENTOS DE DETERMINACIÓN DE LA CONDICIÓN DE REFUGIADO

En la última década ha habido notables avances en la protección de personas refugiadas en la región Mesoamericana con la consagración del derecho de asilo en los distintos marcos legislativos nacionales. No obstante, todavía subsisten importantes desafíos para el fortalecimiento del marco normativo e institucional que consolide Mesoamérica como un verdadero espacio de protección.

Mencionar que alguna de las normativas nacionales o prácticas en materia de asilo no siempre son consistentes con la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y de su Protocolo de 1967 y lamentablemente no siempre incluyen la definición ampliada de la Declaración de Cartagena. Los procedimientos previstos para determinar la condición de refugiado presentan vacíos en materia de garantías de debido proceso. Dicha situación tiene como consecuencia que un número de personas en búsqueda de protección internacional no logren acceder al reconocimiento de su estatuto de refugiado, permaneciendo, por tanto, en el país de acogida en una situación de irregularidad y desprotección.

Se observa igualmente un deficiente manejo de los casos de personas solicitantes en las fronteras y puntos de ingreso –falta de información, no hay una adecuada identificación-, y no siempre se respeta el principio de no devolución. En algunos casos, los/las solicitantes y refugiados/as reportan rechazos, tratos injustos y extorsión por parte de autoridades de seguridad y migratorias.

La detención administrativa de migrantes en muchos casos impide que las personas necesitadas de protección internacional no accedan al procedimiento y en algunos países, de acceder, se les priva de libertad en estaciones migratorias durante la duración del procedimiento. Incluso en algunos países se criminaliza y penaliza a las personas con necesidad de protección por el hecho de estar en situación migratoria irregular.

En algunos países no existen registros ni bases de datos actualizados y confiables de la población en necesidad de protección internacional, lo que invisibiliza el fenómeno y dificulta la planificación de los programas de protección.

La centralización de las Comisiones Nacionales encargadas del proceso de reconocimiento de la condición de refugiado (CONAREs o equivalentes) dificulta el acceso al procedimiento, ya sea en frontera u otros puntos del país. Finalmente, en muchos países constatamos discriminación y estigmatización de la población refugiada por parte de las autoridades y la población en general.

Los mayores desafíos están en.

o El marcado enfoque de seguridad nacional presente en las averiguaciones-investigaciones sobre las solicitudes y la falta de información en país de origen.

o El cumplimiento de los plazos (o inexistencia de los mismos) para dar respuesta a las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado.

o Las bajas tasas de reconocimiento que existen en la región.

o La existencia de procedimientos de pre-admisibilidad que impiden el acceso efectivo al procedimiento para determinar la condición de refugiado.,

o Los plazos excesivamente cortos para la presentación de solicitudes.
o La falta de representación y asesoría legal para las personas que solicitan protección internacional.

o La falta de motivación y razonamiento adecuado de las resoluciones.
o El alto costo de la documentación para los solicitantes y refugiados que se da en algunos países.

Propuestas

  1. Garantizar una interpretación progresiva de la Convención de 1951 y su Protocolo de 1967 e incorporar y aplicar la definición ampliada de la Declaración de Cartagena en las legislaciones nacionales en aquellos países donde aún no lo han hecho, brindando lineamientos para su correcta aplicación.
  2. Avanzar en la armonización de las legislaciones en materia de asilo y apatridia en la región.
  3. Adoptar los estándares establecidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de asilo, apatridia, migración, y de todos aquellos grupos de personas con necesidades de protección en contextos de movilidad humana. Asegurar el cumplimiento de los compromisos regionales e internacionales.
  4. Instaurar – en los países donde no existan – y fortalecer las comisiones de elegibilidad e incluir la presencia de la sociedad civil y el ACNUR en dichas comisiones con voz y voto.
  5. Generar sistemas de información y registro sobre casos de solicitantes y refugiados por partede los gobiernos.
  6. Garantizar el debido proceso y el acceso a la justicia:

    o Estableciendo plazos máximos razonables para el reconocimiento de la condición de refugiado y cumpliendo con los mismos. Aplicar el silencio administrativo a favor de las personas solicitantes cuando no se cumplan dichos plazos.

    o Eliminando el procedimiento de pre-admisibilidad en los países que exista.
    o Asegurando un sistema de atención integral, que contemple representación legal gratuita, traductores, intérpretes y atención psicosocial.

    o Garantizando los principios de igualdad, dignidad humana y no discriminación para el debido proceso durante la determinación de la condición.

    o Exigiendo la motivación y razonamiento de las resoluciones emitidas por las CONAREs o equivalentes, para poder así garantizar la defensa de los solicitantes.

    o Teniendo en cuenta los contextos locales de los países de origen en el análisis para la determinación de las solicitudes, incorporando los principios de buena fe y garantizando el beneficio de la duda.

    7.- Ratificar, para aquellos Estados que aún no lo hayan hecho, la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961.

    8.-Generar y fortalecer mecanismos y redes a nivel regional entre las organizaciones de la sociedad civil para intercambiar buenas prácticas, compartir información, contribuir a la defensa de los casos y velar por el cumplimiento del respeto de los derechos humanos de la población.

    E. INTEGRACIÓN LOCAL

    En materia de integración local, se han observado avances y buenas prácticas en los últimos años. Cabe destacar el hecho de que México otorgue directamente a los refugiados reconocidos la residencia permanente o que Panamá haya adoptado legislación para regularizar a la población con Protección Temporal Humanitaria (PTH), o para conceder la residencia permanente a refugiados con al menos tres años de residir en el país. Mencionar la exención o disminución de tasas para los refugiados en la expedición de documentación personal y el reconocimiento del derecho de reunificación familiar en algunos países.

    A pesar de estos avances, persisten múltiples retos para garantizar la integración de las personas refugiadas en Mesoamérica, y aún no se dispone de estrategias integrales para promover la integración local, socioeconómica y cultural de las personas refugiadas.

    Entre los principales desafíos destacamos:
    o La preocupación por la integración de las personas solicitantes de asilo que afrontan dificultades en el acceso a derechos debido a las demoras en el reconocimiento de su estatus.

    o Problemas de acceso al empleo, ya sea por falta de permiso de trabajo para los solicitantes o porque la documentación entregada no es reconocida por las instituciones encargadas de ofrecer las estructuras de empleo (seguro social, banca, sector privado) o al aparecer la palabra refugiado conlleva a discriminación. Igualmente tienen dificultades para acceder al sistema bancario.

    o Difícil acceso a una vivienda digna, ya sea por los altos costos del alquiler y/o por la dificultad para acceder a medios de vida estable. Los Estados no cuentan con una política de vivienda que favorezca a esta población vulnerable y además suelen ser excluidos de las políticas nacionales de lucha contra la pobreza, por no ser nacionales.

    o Dificultades para convalidar títulos y acceder a estudios, tanto de educación básica como secundarios y universitarios. Falta de acceso a becas escolares o programas de formación profesional estatales.

    o Altos costos para la obtención de documentación personal y para acceder a los proceso de naturalización.

    o Las personas refugiadas sufren de discriminación y estigma por los imaginarios colectivos. o Falta de acceso a una atención psico-social, que les ayude a manejar el duelo producido por el desplazamiento forzado y para adaptarse al nuevo contexto.

    En resumen, no existe una política pública definida para promover y favorecer la integración local de los refugiados y se constata una falta de voluntad política para la asignación de recursos y la ejecución de acciones encaminadas a ello. Las conductas discriminatorias y xenófobas no contribuyen a mejorar esta situación.

    Propuestas

    1. Que los Estados asuman sus responsabilidad y asignen mayores recursos humanos y financieros para la agenda de protección y atención a las personas solicitantes de asilo, refugiadas y apátridas, garantizando que la planificación y ejecución de los mismos se realice de manera coordinada: gobierno, organismos internacionales, sociedad civil y población de interés.
    2. Garantizar la entrega de documentación homologada a nivel regional, a personas refugiadas, solicitantes de asilo y apátridas, que garantice el ejercicio de derechos, la igualdad de oportunidades y la no discriminación, independientemente de su condición.
    3. Garantizar que la población sujeta a la protección internacional tenga acceso y se beneficie de los programas y subvenciones estatales ya establecidos (salud, educación, empleo, vivienda, etc.) en igualdad de condiciones.
    4. Garantizar el permiso de trabajo para los solicitantes de la condición de refugiado. Desarrollar programas nacionales de empleo, formación profesional y proyectos productivos (incluyendo el crédito) que permitan la integración de la población solicitante y refugiada.
    5. Combatir la inaccesibilidad, precarización y explotación laboral, garantizando los derechos laborales de los trabajadores independientemente de su calidad migratoria, de conformidad con la Opinión Consultiva número 18/03 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Instamos a los gobiernos a ratificar la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares – o levantar las reservas en los Estados partes-, y el Convenio 189 de la OIT.
    6. Facilitar la movilidad de las personas con necesidad de protección internacional entre los países de la región, promoviendo la factibilidad de mantener el derecho (portabilidad de la condición de refugiado), reconociendo que el sujeto del derecho es la persona.
    7. Promoción de campañas masivas de sensibilización hacia la sociedad en general, que fomenten una cultura de respeto a la diversidad y solidaridad hacia la población solicitante, refugiada y migrante.
    8. Desarrollar medidas que faciliten y promuevan de forma efectiva el acceso de las personas solicitantes y refugiadas al sistema educativo en el país, en particular acciones para la validación de estudios y la no diferenciación en el pago de determinadas cuotas.
    9. Fomentar procesos de participación y consulta con la población solicitante y refugiada para la construcción e implementación de políticas públicas de integración.
    10. Garantizar el acceso a la residencia permanente y la posibilidad de acceder a la naturalización para quienes lo deseen a través de procedimientos ágiles y accesibles.

      F. DESPLAZAMIENTO CAUSADO POR EL CAMBIO CLIMATICO Y LOS DESASTRES NATURALES.

      Mesoamérica es una de las regiones del mundo más expuestas al azote de desastres de origen natural, -inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, derrumbes, sequías entre otros-, que tienen el potencial de generar movimientos de población, tanto a nivel nacional como transfronterizo. Igualmente, el impacto del cambio climático también puede llegar a producir desplazamientos en la región.

      La mayoría de los países de Mesoamérica han hecho grandes avances desarrollando normativa, políticas públicas y programas para la prevención y la atención de la población ante los riesgos de desastres naturales. No obstante, se hace necesario identificar vacíos en la aplicación de estas políticas para generar mecanismos de aplicación nacional y binacional con perspectiva regional que asegure la protección de las personas desplazadas. En ese sentido, observamos desafíos para albergar a las personas que se desplazan por estos motivos.

      Por ello, se deben generar mecanismos en donde se reconozca la necesidad de protección a las poblaciones que se desplazan por este tipo de causas. Es fundamental contar con análisis de riesgos nacionales, con perspectiva regional, para comprender los efectos de estas dinámicas con el fin de mitigar dichos riesgos y atender a la población afectada. Entre ellas se debe atender las situaciones de desplazamiento como consecuencia de la crisis alimentaria (hambruna y desnutrición) vinculadas al cambio climático. También es necesario generar procesos de sensibilización a la población para la atención e integración de estas personas, tanto a nivel nacional como internacionalmente.

      Por último mencionar que los megaproyectos y las explotaciones de recursos naturales por parte de gobiernos y grandes empresas están provocando un número cada vez mayor de damnificados y desplazados como consecuencia de dichas actividades. Nos preocupa que en la implementación de estos megaproyectos no se tenga en cuenta la decisión de las comunidades afectadas. Se observa no solo el incremento de protestas sociales como consecuencia de estas iniciativas sino también la criminalización de dichas protestas y la afectación de los derechos humanos.

      Propuestas:

      1.- Establecer mecanismos concretos de protección para la población desplazada a causa de desastres naturales, cambio climático e implementación de megaproyectos tanto al interior de un país como cuando cruzan una frontera internacional.

      2,-Contar con una “visa humanitaria de protección por desastre natural” que garantice la documentación de la identidad de las personas desplazadas transfronterizas por desastres naturales o cambio climático, que cumpla con estándares regionales e internacionales, apoyando estas situaciones especiales de protección.

      3,-Establecer diagnósticos, sistemas de información y planes de acción nacionales con perspectiva regional, generando protocolos específicos para la atención y protección de la población desplazada a corto, mediano y largo plazo.

      4,-Que el ACNUR promueva el estudio del fenómeno y la respuesta al mismo junto a los Estados, la comunidad internacional, la sociedad civil y las comunidades afectadas por estas situaciones.

      5.-Los Estados deben facilitar la coordinación del trabajo de las organizaciones humanitarias en la prevención y respuesta a desastres naturales en zonas de alto riesgo en condiciones seguras.

      6.-Generar procesos de sensibilización con comunidades y autoridades para acoger adecuadamente a las poblaciones desplazadas.

      7.-Los Estados deben garantizar el derecho a la consulta y consentimiento libre, previo e informado, de las comunidades indígenas y originarias que se verían desplazadas como consecuencia de la implementación de megaproyectos. Para ello, se deben generar mecanismos de información veraces, transparentes y adecuados con el fin de que la población afectada conozca los impactos reales de los mismos.

      8.-Garantizar que los diagnóstico de factibilidad, impacto ambiental y social que se emiten en los procesos de autorización de los megaproyectos, sean independientes y externos a la empresa.

      9.-Que los Estados elaboren junto a organizaciones de la sociedad civil y damnificados protocolos y criterios para encontrar soluciones duraderas –retorno, reubicación o integración- en condiciones seguras, acompañadas de mecanismos de monitoreo y seguimiento.

       

      El Plan de Acción de Brasilia debería incluir metas, responsabilidades, tiempos y órganos de seguimiento. Sería recomendable establecer un mecanismo de acompañamiento tripartito (gobiernos, ACNUR y sociedad civil) que permita el monitoreo de los compromisos asumidos.

      Panamá, 2 de Julio de 2014

      Este documento de posicionamiento de la sociedad civil de la región Mesoamericana es el resultado de un proceso de consultas, facilitado por el Consejo Noruego para Refugiados – NRC, realizado en 8 países de la región: Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Panamá. Dicho proceso culminó con una reunión regional que tuvo lugar en Panamá, los días 1 y 2 de julio de 2014, en la que 24 organizaciones de la sociedad civil acudieron en representación de las organizaciones de la sociedad civil de sus respectivos países y consensuaron un posicionamiento regional en el marco de la conmemoración del 30 aniversario de la Declaración de Cartagena.

      Documento Completo.Posicionamiento_de_la_Sociedad_Civil_Mesoamericana_en_el_m arco_de_conmemoración_de_C+30